En dado caso no se pueda, ¿cómo puedo cobrarlo? De antemano muchas gracias. Esto respondió nuestra comunidad de Facebook:
Usuario 1: Rectificando, colocando el número de formulario donde el saldo queda a favor. Al rectificar, y hacer la siguiente declaración de ISR, el sistema de SAT lo detectara en automatico.
Usuario 2: Cuando en el formulario queda impuesto a favor la única manera es solicitar la devolución. Que es un proceso que vale la pena realizar cuando la cantidad de lo pagado es grande. De lo contrario se pierde. El único crédito que pasa y el mismo sistema lo detecta es el Remanente de Retenciones. (Solo en ese concepto, no en impuestos a favor).
Usuario 3: Al rectificar tendrÃa que generar un remanente de retenciones para el siguiente perÃodo
y puede aprovecharlo hasta que se agote en las declaraciones siguiente, y si en dado caso el formulario anterior a la rectificación hubiera pagado ese valor pagado, que serÃa un pago en exceso podrÃa solicitar la devolución, a través del proceso administrativo utilizando el formulario 2123 (o versión vigente) pero tiene que tomar en cuenta si el valor a solicitar la devolución es significativo, ya que hay que tomar en cuenta el tiempo y recurso financiero para realizar el trámite, ya que entre los requisitos solicitados tiene que adjuntar la declaración jurada autenticada por Notario donde indique no haber recibido la devolución de ese pago junto con los demás documentos en el listado de la boleta de verificación de requisitos.
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